Arraigo para la Formación

Jul 6, 2023 | Noticias

Opción de Regularización en el Corto Plazo 

Este es uno de los permisos estrella que surge con la última reforma de la Ley de Extranjería, ya que viene a ofrecer facilidades a las personas que se encontraban en situación irregular y que aun siendo así, no llegaban a cumplir el requisito principal para llegar a tramitar su permiso por vía del arraigo social, como es el periodo de 3 años continuados en España.

La característica principal de este permiso es que permite encuadrar en él, tanto a adultos como a jóvenes en distintos tipos de formación del Servicio Público de Empleo o cursos de formación universitaria complementaria, con la peculiaridad que, al ser una formación de corta duración, abrevia el camino para continuar con la solicitud del permiso de residencia y trabajo en el corto plazo.

Formaciones Válidas para Tramitar este Permiso 

El abanico de formaciones es diverso, tal como abajo se detalla a continuación: 

  • Formación reglada perteneciente a la formación profesional 
  • Formación que conduzca a un certificado para ejercer una profesión específica 
  • Formación promovida por el Sepe 
  • Formación promovida por universidades 
  • Formaciones que conduzcan a la obtención de microcréditos  

Documentación necesaria 

  • Pasaporte 
  • Compromiso de estudio 
  • Matrícula de la formación 
  • Antecedentes penales de su país de origen  

Modalidad de los estudios 

Según las recientes instrucciones de Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y esta es una gran novedad, los cursos de formación pueden ser en las siguientes modalidades: 

  • Presencial 
  • Semipresencial 
  • Virtual 
  • Mixta 

    Pasar de Arraigo para la Formación a Permiso de Trabajo 

    Si bien es cierto que este permiso está diseñado para obtener inicialmente sólo residencia, también hay que indicar, que es un camino muy corto para pasar rápidamente a un permiso de trabajo, por cuanto la norma facilita la vía del traspase una vez se ha culminado la formación y siempre que se cumpla con los siguientes requisitos:  

    • Culminar la formación satisfactoriamente 
    • Obtener un contrato de trabajo relacionado con lo estudiado  

    Paso corto de residencia a residencia y trabajo 

    Es importante destacar, que una vez se tiene el Permiso de Arraigo para la Formación y se haya culminado correctamente con el curso ó formación realizada, es muy sencillo pasar a un Permiso de Trabajo por Cuenta Ajena, siempre que se cumpla con los  dos pasos  anteriormente indicados, sin importar que no haya transcurrido el año del vencimiento de este permiso obtenido inicialmente con el arraigo para la formación, por lo que antes de vencer el anterior permiso podría tener la expedición de la tarjeta del permiso por cuenta ajena.

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