APROBADO EL PROCESO DE REGULARIZACIÓN DE EXTRANJERAS EN ESPAÑA

Ene 30, 2026 | Noticias

El Consejo de Ministros ha aprobado el inicio del procedimiento para una regularización extraordinaria de personas extranjeras en España, que se desarrollará a lo largo del año 2026 mediante un Real Decreto actualmente en fase de tramitación.

Se trata de una medida de gran impacto social y jurídico, que permitirá a miles de personas en situación administrativa irregular acceder a una autorización de residencia y trabajo, siempre que se cumplan determinados requisitos.

Inicio de la tramitación del Real Decreto

El pasado 27 de enero de 2026, el Consejo de Ministros dio luz verde al inicio de este proceso de regularización extraordinaria. En estos momentos, el texto se encuentra en fase de consulta pública, abierta para la presentación de aportaciones hasta el 6 de febrero de 2026.

Si el calendario previsto se mantiene, las solicitudes podrán presentarse entre los meses de abril y el 30 de junio de 2026.

Puntos clave del proceso de regularización extraordinaria

A continuación, resumimos los aspectos más relevantes del borrador del Real Decreto actualmente conocido:

  • Plazo de solicitud: desde abril hasta el 30 de junio de 2026.
  • Fecha de entrada en España: será necesario acreditar haber llegado a España antes del 31 de diciembre de 2025.
  • Permanencia mínima en territorio español: se exigirá haber permanecido en España al menos 5 meses.
  • Medios de prueba de la permanencia: este requisito podrá acreditarse mediante, entre otros documentos:
    • Certificado o volante de empadronamiento
    • Billetes de viaje
    • Facturas o justificantes de envíos de dinero
    • Informes o citas médicas
    • Contratos de alquiler
    • Cualquier otro documento válido en derecho
  • Antecedentes penales: no se podrán tener antecedentes penales relevantes.
  • Situación de vulnerabilidad: el procedimiento estará dirigido a personas extranjeras en situación de vulnerabilidad. Según el borrador, la mera situación administrativa irregular podría considerarse suficiente para acreditar dicha vulnerabilidad.
  • Autorización provisional: la presentación de la solicitud dará derecho a una autorización provisional de residencia y trabajo, lo que permitiría trabajar legalmente desde la admisión a trámite.
  • Duración inicial del permiso: la autorización inicial tendrá una duración de 1 año, con posibilidad de modificación posterior.
  • Hijos menores: los hijos menores podrán tramitar sus autorizaciones de forma simultánea, con una duración prevista de 5 años.

Inclusión de solicitantes de protección internacional

Tal y como ya se venía anticipando, el borrador del Real Decreto incluye expresamente a las personas solicitantes de protección internacional dentro de este proceso de regularización extraordinaria.

Esta decisión resulta coherente y jurídicamente necesaria, ya que no tendría sentido excluir a quienes han permanecido en España dentro de un procedimiento administrativo de asilo.

Podrán acogerse a esta regularización aquellas personas que hayan solicitado protección internacional antes del 31 de diciembre de 2025, siempre que cumplan los requisitos generales establecidos.

En estos casos, la regularización se articulará mediante la obtención de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo).

¿Qué hacer ahora?

Nos encontramos ante una fase inicial del procedimiento. Es fundamental preparar con antelación la documentación, analizar cada situación de forma individual y realizar un correcto encaje jurídico de cada caso.

En Abogados y Gestores desde ya estamos estudiando cada caso para presentar con agilidad la solicitud de estos permisos

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